ASUNTO : FP02-R-2010-000064
Resolución Nº PJ0832010000579
Sentencia Interlocutoria
Causa: Revisión de Sentencia de la Obligación Manutención
Demandante: Marbelys de la Luz Anzoátegui
Demandado: Ramón Sandro Garrido
Beneficiarios: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
Vistas las actuaciones que integran el presente expediente de apelación de fecha 03-03-2010, suscrita por el ciudadano: Sandro Ramón Garrido, titular de la cedula de identidad Nº 13.768.991, este Tribunal, por auto, constata y prueba que el interesado en el recurso de apelación, no formalizó el mismo; este Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y adolescentes, extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Desistido el recurso y lo tiene por no hecho, por no tener materia sobre la cual decidir. Así se decide. Cúmplase. Déjese constancia en el Libro Diario.------------
El Juez de Mediación (2)
Dr. Franklin Granadillo Paz
La Secretaria (acc)
Abg. Susy Cuesta
FGP/SC/Elenice Abreu.Asistente.
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