ASUNTO: FP02-J-2010-000106
RESOLUCIÓN NRO. PJ0832010000495

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Declaración de Únicos y Universales Herederos.

Solicitante: Aracelys del Rosario Ojeda Grumeite.
Abogado: José Gregorio Petit P. I.P.S.A. Nº 84.098

Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: JORGE ENRIQUE BALZA LEON, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.516.520, fallecido Ab-Intestato en Ciudad Bolívar, el día 10 de agosto de 2010, a su hija: IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 65 DE LA LOPNNA. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a las solicitantes y déjese copia certificada del fallo completo. Déjese constancia en el Libro Diario.---------------------------------------------------------
El Juez de Mediación (2)

Dr. Franklin Granadillo Paz.
La Secretaria de Sala

Abg. Sussy Cuesta Galvis.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.

La Secretaria de Sala

Abg. Sussy Cuesta Galvis.