REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de noviembre de dos mil diez.

200° y 151º

Por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que el 5 del presente mes y año, venció el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil para la interposición de la solicitud de regulación de competencia contra la sentencia interlocutoria de fecha 29 de octubre del año que discurre, dictada por este Tribunal en la presente causa, sin que ninguna de las partes haya ejercido tal medio de impugnación, de conformidad con el precitado dispositivo legal, se declara FIRME dicha sentencia. En consecuencia, se acuerda remitir el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en su carácter de distribuidor de turno, a los efectos de su reparto conforme al reglamento respectivo. Désele salida y remítase con oficio.

El Juez,


Daniel F. Monsalve Torres

El Secretario,


Will Veloza Valero



DFMT/rcdd