REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 13 de Octubre del 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELIO RAMON ALVAREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.951.978 domiciliado en la Avenida 9 con Calle 5 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y RAFAEL ANTONIO CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.263.050 y domiciliado en la Calle 5 con Avenida 20 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos DAVID JULIO CEDEÑO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.698.306 y NEIDA MARICELA MELENDEZ CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.450.165 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que los solicitantes dicen ocupar sobre un lote de terreno propio, ubicado en la Avenida 9 entre calle 5 de la Comunidad la Peñita, de la Ciudad de Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 358,70Mts2 y un área de construcción de 584,81 Mts2 con las siguientes características: un (1) edificio de dos (2) plantas, con las siguientes características: piso de cemento pulido, techo de platabanda, paredes de bloques de cemento, distribuida de la siguiente manera: Planta Alta: un (1) apartamento con dormitorio, sala comedor, cocina, tres (3) baño, área de servicio, balcón, piso de cerámica, ventanas con vidrios lisos ahumado, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 9 ( su frente) en 25,40 ml; SUR: Casa de Grette Javoraky en 4,60ml - 20,20 ml; ESTE: Casa de Pedro Amaya en 12,35 ml OESTE: Calle 5 en 14,55ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento N° 22 03 01 U01 104 41 01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 26 de Julio del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1058/2010.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.