REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 28 de Octubre de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos ciudadanos: VILMA YAJAIRA LUCENA GRATEROL Y ANGEL GILBERTO ESTEVEZ ALVARENGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-7.883.776 y V-6.603.581 respectivamente, la primera domiciliada en el Callejón la Morita entre Calle 14 y 15 entre avenidas 1 y 2 Barrio Guatanquire Municipio Bruzual Estado Yaracuy y el segundo en la Calle 16 entre avenidas 2 y 3 Barrio Guatanquire Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: ALEXIS DEL CARMEN MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V-6.444.864, domiciliada en la Avenida 2 entre calles 15 y 16 Barrio Guatanquire 1 Municipio Bruzual Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en lote de terreno propiedad del Municipio el cual se un encuentra ubicado en la Avenida 2 entre calles 15 y 16 Barrio Guatanquire 1 Municipio Bruzual Estado Yaracuy, que mide CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (161,75Mts2), con las siguientes características: una casa, con paredes de bloque de cemento frisadas, techo de acerolit, piso de cemento pulido, tres (3) cuartos, una (1) Sala, una (1) cocina, Un (1) Baño, Dos (2) puertas de hierro, una (1) ventana, Un (1) garaje, cercada totalmente de bloque, con instalaciones de aguas blancas y servidas e instalaciones eléctricas, en un área de construcción de CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (102,59 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 2 su frente (11,50 m). SUR: Casa de la Familia Peña (11,35 m), ESTE: Casa de Carmelo, Casa Diego (1,50- 0,15-13,50 m), OESTE: Casa de Pura Mendoza (6,55-2,05-6,45 m), según certificado de Empadronamiento Código catastral N°: 22-03-01-U01-106-15-06, emitida por la Dirección de Catastro de la Alcadia del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha: 17 de Septiembre del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 1091-2010.-
El Juez Temporal,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ





Abg. EBA/EM/mvf.-