REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURÍN DIECIOCHO (18) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ (2010)


A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

DEMANDANTE: CARLOS JOSE MATA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.381.800 y de este domicilio.

ABOGADOS APODERADOS: JUAN PABLO GARCIA CANALES, FERNANDO SANCHEZ ZARAGOZA y CESAR AQUILES VISO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.548.058, 13.250.343 y 5.391.363, respectivamente, en ejercicio y de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo Nros. 22.013, 93.928 y 28.654, respectivamente.

DEMANDADOS: JUAN BAUTISTA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.857.464, domiciliado en el Barrio Primero de Mayo, Calle Páez, Nº 26, Carúpano Estado Sucre; La empresa TRANSPORTE CONOR C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil llevado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 25 de Abril de 2001, bajo el Nº 86, Tomo 1, Segundo Trimestre de 2001, en la persona de su presidente, ciudadano Antonio Evelio Contreras Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.288.250, ambos representado por los Abogados CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, GERTRUDIS MARCANO SALAZAR y CESAREO ESPINAL VASQUEZ, en su condición de Apoderados Judiciales, en ejercicio e inscritos en el IPSA bajo los Nros. 44.874, 41.982 y 0134; y la empresa SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., en la persona de su Gerente CINTHYA VASQUEZ.

ASUNTO: DAÑOS Y PERJUICIOS MORALES (TRANSITO).

EXP. 0913

UNICO


De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa se observa que por error involuntario, éste Tribunal ordenó librar Boleta de Citación a la empresa Seguros Caracas de Liberty Mutual, en la persona de su Gerente Cinthya Vásquez; y visto que la referida empresa fue llamada a comparecer como parte demandada en el presente juicio, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas REVOCA por contrario Imperio de la Ley, el auto y boleta de citación de fecha 15 de Octubre de 2010.

La Juez Provisoria

Abg. Sonia Arasme

La Secretaria Acc.,

Abg. Keyris Figueroa







Exp. 0913
SA/evelio