REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar
Competencia Protección
Ciudad Bolívar, 04 de Octubre de dos mil diez
200º y 151º

RESOLUCION Nº PJ0172010000171
ASUNTO: FH0C-X-2010-0000021 (7936)

Con Motivo de la INHIBICIÓN planteada de conformidad con la causal 18º y 19 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; por el Abog. FRANKLIN DE JESUS GRANADILLO PAZ, en su condición de Juez de Protección (2) de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ahora Juez de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en función de Transición del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, en el asunto No. FP02-V-2009-001234, contentivo del juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO interpuesto por el ciudadano RAFAEL ERASMO BASANTA HURTADO contra la ciudadana KARINA DEL VALLE BASTARDO; Subieron los autos a esta Alzada, con oficio No. 344-2, a los fines de que se conozca y decida la Inhibición planteada.-

En fecha 30 de Septiembre de 2010, la Secretaria de este despacho deja expresa constancia de haber recibido el presente expediente procedente del Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, constante de cuatro (4) folios útiles, pasándolo a la cuenta de la ciudadana Juez.-

UNICO
Cursa al folio tres (03), Acta de Inhibición de fecha 13 de Agosto de 2010, el Abg. FRANKLIN DE JESUS GRANADILLO PAZ, ahora Juez de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, en la cual expuso: “..Por cuanto en la presente demandada Actúa como abogado asistente de la parte actora en el presente juicio, el Ciudadano PEDRO LUIS SOLORZANO SANCHEZ, I.P.S.A. bajo el Nº. 32.310, a quien me le he tenido que INHIBIRME en otras causas subjetivas Asunto: FP02-S-2010-002757 entre otras, por esa razón me INHIBO de conocer el presente Juicio, por las razones anotadas de conformidad con el Articulo 82 Ordinal 18º y 19º del Código de Procedimiento Civil, razones que sanamente apreciadas hacen forzosa mi Inhibición planteada. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman…”

En este sentido establece el artículo 82, numeral 18º del Código de Procedimiento Civil, el cual señala:

”…Por enemistad entre el recusado y cualquiera de los litigantes, demostrada por hechos que sanamente apreciados, hagan sospechable la imparcialidad del recusado…”

Por su parte el ordinal 19 establece lo siguiente:

“…Por agresión injurias o amenazas entre el recusado y alguno de los litigantes, ocurridas dentro de los doce (12) meses precedente al pleito…”

De la lectura de las actas subidas a este Tribunal, se aprecia que el hecho denunciado por el juez inhibido encuadra dentro de lo preceptuado por la norma transcrita ut supra, y ciertamente hace sospechable su imparcialidad referente a la presente causa, es por lo que esta Juzgadora declara CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abg. FRANKLIN DE JESUS GRANADILLO PAZ, en su condición de Juez de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ahora Juez de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, y así se dispondrá en el dispositivo de este fallo interlocutorio.

DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño, Niñas y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición formulada por el ciudadano FRANKLIN GRANADILLO PAZ, en su condición de Juez de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, formulada en el juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO planteada por el ciudadano RAFAEL ERASMO BASANTA HURTADO contra la ciudadana KARINA DEL VALLE BASTARDO.

En consecuencia se ordena remitir la presente inhibición al juzgado de origen, a fin de que se tome nota de esta decisión y oportunamente sea remitido el expediente al Juzgado de Protección que por distribución resulte designado.

LA JUEZ,




Dra. HAYDEE FRANCESCHI GUTIERREZ
LA SECRETARIA


ABG. MAYE ANDREINA CARVAJAL

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en autos, se remite la presente inhibición al Juzgado de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, a cargo del Abg. Franklin Grandillo Paz, constante de una (01) pieza de once (11) folios útiles.-
LA SECRETARIA


ABG. MAYE ANDREINA CARVAJAL

HFG/MAC/Adriana
Exp. Nº 7936