REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiocho (28) de octubre del año (2010)
(200° y 151°)

ACTA DE AUDIENCIA ORAL
LECTURA DE LA DISPOSITIVA DEL FALLO

En horas de despacho del día de hoy, jueves, veintiocho (28) de octubre del año dos mil diez (2010), siendo las diez (10:00 a.m.), estando dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a la Audiencia Oral de Informes celebrada en fecha (25-10-2010), conforme con lo establecido con el último párrafo del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, relacionado con el Expediente Nº JSA-2010-000133, para que se lleve a cabo la Audiencia Oral de Lectura de Dispositiva del Fallo; presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado el abogado JOSÉ LUCIANO VITOS SUÁREZ, Juez Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, la abogada CARMEN ELENA NUÑEZ, Secretaria Accidental, la ciudadana MILEIMA COROMOTO PEREZ DAZA, alguacil Accidental de este Juzgado, Presente la abogada BLANCA ESTHER PEREZ OJEDA, titular de la cédula de Identidad N° 7.342.054, inscrita en el instituto de previsión del abogado bajo el N° 61.403, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JORGE LINO RODRÍGUEZ DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.473.067. Se deja constancia de la no comparecencia de la contraparte. En este estado el ciudadano Juez Superior Agrario, abogado JOSÉ LUCIANO VITOS SUÁREZ expone: “Ciudadana Secretaria accidental sírvase dar lectura del motivo de la presente audiencia”. De seguidas, la Secretaria Accidental de este Juzgado expone: “Ciudadano Juez se informa que la presente audiencia oral se celebra en el expediente signado con el número: JSA-2010-000133, relacionado con el RECURSO DE APELACIÓN, EN EL PROCEDIMIENTO DE DESOCUPACIÓN O DESALOJO DE FUNDOS, que sigue el ciudadano JORGE LINO RODRIGUEZ DE SOUSA, contra el ciudadano LEONARDO JOSE MOLLEGAS, a los fines de dar pronunciamiento de la dispositiva del fallo de conformidad con lo dispuesto en el Segundo aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”. Toma la palabra el ciudadano Juez: “Conocido el motivo de la audiencia, se procede a dictar la Dispositiva del Fallo en los términos siguientes: Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del ciudadano JORGE LINO RODRÍGUEZ DE SOUSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.473.067 en fecha veintitrés (23) de septiembre de (2010). SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, en los términos de esta Alzada se confirma la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha veinte (20) de septiembre de (2010). TERCERO: La presente decisión de dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia”. El Juez da por concluida la audiencia, siendo las diez y cinco minutos de la mañana (10:05 a.m.), se retira y ordena levantar la presente Audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ



LA SECRETARIA ACCIDENTAL



LA ALGUACIL ACCIDENTAL




LA APODERADA DE LA PARTE ACCIONANTE












EXPEDIENTE Nº JSA-2010-000133
JLVS/CEN