ASUNTO: FP02-J-2010-000222 / 1
Resolución Nº PJ0822010000314
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de los acuerdos por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha: 27/09/2010, suscrita por los ciudadanos: Gil Pinto Yrving Jesús y Lourdes Mercedes Vargas González, titulares de la cedula de identidad Nº 20.264.459 y 19.077.390 identificados en autos, debidamente asistidos por el Dr. Walfredo Méndez Aray, Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Público, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 y 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.------------------------------
LA JUEZA DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA MORENO RIVERO
EL (A) SECRETARIO (A)
ABG.
Elenice Abreu -.asistente.-
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