ASUNTO : FP02-V-2010-000247
RESOLUCIÒN Nº PJ0822010000360
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Visto el desistimiento efectuado por la Ciudadana EDIHTZA MOTA GARCIA, Titular de la Cèdula de Identidad Nº 18.622.535, plenamente identificada en autos, mediante la cual solicita Desiste del Presente Procedimiento, el Tribunal por no ser contrario a derecho, al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, procediendo de conformidad con la voluntad expresa de la actora y ajustando a las previsiones de la norma contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO, dando en consecuencia, por consumado el acto procediendo para todos los efectos como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, y Así se declara. Se deja sin efecto las medidas de embargo decretadas en fecha 01-03-2010. Déjese constancia en el Libro Diario.
La Juez

Dra. Ligia E. Moreno Rivero
La Secretaria de Sala

Dra. Carolina Quijada Guevara


Annis Gonzàlez