REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, Veinte (20) de Septiembre de Dos Mil Diez.----------------------------------------------------------------------------------------------------

200º y 151º

Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha (09) de junio del año dos mil diez, presentados por los ciudadanos DANNY RAMON CONTRERAS GOMEZ Y DEINNYS CATHERINE ZERPA DE CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, casados, empleado público y oficinista, en su orden, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.793.820 y Nº V-18.208.879, en su orden, domiciliados en La Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, asistidos por el abogado en ejercicio RAFAEL ARCANGEL MORA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.296.161, inscrito en el inpreabogados bajo el Nº 24.389. La Jueza después de haber hecho a los exponentes: ciudadanos DANNY RAMON CONTRERAS GOMEZ Y DEINNYS CATHERINE ZERPA DE CONTRERAS, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela al folio 02 y 03, del Expediente Nº 6427, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL.


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.


DANNY RAMON CONTRERAS GOMEZ



DEINNYS CATHERINE ZERPA DE CONTRERAS


RAFAEL ARCANGEL MORA MORA,
ABOGADO ASISTENTE



LA SECRETARIA TEMPORAL.


T.S.U. MARIA FABIOLA CHACON ORTIZ.

EXP. 6427
Ghuizap.-