República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy.
Chivacoa, 23 de SEPTIEMBRE DE 2010
Años: 200º Y 151º
EXP Nº 1629-2010
SOLICITANTE:
MOTIVO.
FRANCIS RUSMARY REYES PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.684.623, asistida por el abogado EDDY DOMINGUEZ, IPSA No. 62.106
RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.
Este proceso fue planteado en el escrito presentado por la ciudadana FRANCIS RUSMARY REYES PEREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° : 18.684.623 y de este domicilio, asistida por el abogado EDDY DOMINGUEZ, inscrito en el instituto Previsión Social del abogado bajo el No.62.106 y en el cual solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, No.537, folio 71 del año 1989, llevada por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, alegando que el acta de nacimiento en dicho Registro adolece de los siguientes errores: PRIMERO: Su segundo nombre se encuentra asentado como “RUSMERY” siendo lo correcto “RUSMERY”. Segundo: Su fecha de nacimiento aparece asentada como 26 de Enero de 1.989, siendo lo correcto y cierto “ 25 de Enero de 1.989”.
DE LA ADMISION DE LA DEMANDA
En fecha 05 de Marzo del año 2010, la solicitud fue admitida por el abogado Efraín Ballester Acosta, Juez de este Juzgado, por cuanto la misma no es contraria al orden publico a las buenas costumbres ni alguna disposición de la Ley, acordándose librar Boleta de Notificación a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Yaracuy.
En fecha 26 de Mayo del año 2010 (folio 12) se recibió boleta de Notificación debidamente firmada por el fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Yaracuy, agregándose a la causa.
Llegada la oportunidad de decidir lo conducente se procede a ello de conformidad con lo dispuesto en Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, previa las consideraciones siguientes: PRIMERA: La solicitud ha sido ejercida con la ciudadana FRANCIS RUSMERY REYES PEREZ, quien se encuentra debidamente asistida por el abogado EDDY DOMINGUEZ y parte interesada en que se subsane el error. SEGUNDA: Consta suficientemente de la documentación presentada conjuntamente con el escrito de solicitud, el cual cursa desde el folio 01 hasta el folio 09 que el nombre correcto de la solicitante es “FRANCIS RUSMARY REYES PEREZ”, dicha acta de nacimiento debe ser corregida de la forma que a continuación se expresa:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana: “FRANCIS RUSMARY REYES PEREZ”, llevada bajo el N° 537, folio 71 del año 1989, por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1.989.
SEGUNDO: Se acuerda la corrección de dicha acta por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, de los errores de los que adolece su acta de nacimiento de la siguiente manera: Primero: Subsanado donde aparece su segundo nombre asentado como “RUSMERY” por el correcto “RUSMARY”. Segundo: Subsanado la fecha de nacimiento que aparece asentada como 26 de Enero de 1.989, por la fecha correcta “25 de Enero de 1.989”.
Publíquese, regístrese y ejecútese la anterior sentencia y con oficios se remitirán una de ellas a la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y otra al Registro Principal del Estado Yaracuy, una vez que las partes interesada provea lo conducente para librar las copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 502 del Código Civil.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. En la ciudad de Chivacoa, a los Veintitrés (23) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diez (2010). Años: 200° y 151°.-
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
En la misma fecha se dictó y publico la decisión con lugar, siendo la 1:00 de la tarde.
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/klency
Exp N° 1629-10
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