ASUNTO: FP02-J-2010-000067
RESOLUCIÓN Nº PJ0822010000236



SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de fecha 12-08-2010, suscrita por la Dra. ANARGENIS CAMPOS FERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Publico, y el convenimiento realizado por los ciudadanos MARLENY DEL CARMEN MARTINEZ CAMPO y JOSE GREGORIO FERREIRA GUEVARA, en fecha 14/07/2010, este Tribunal de Primera Instancia mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el Convenimiento realizado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil y en consecuencia, HOMOLOGA el convenimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION, presentado de conformidad con lo previsto en el artículo 518, de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescente, concordancia con el artículo 375 ejusdem y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal. Cúmplase. Déjese constancia en el Libro Diario.

El Juez


Dr. Franklin Granadillo Paz

El (a) Secretario de Sala



FGP: Shiderlly Inagas.-