ASUNTO: TI/FP02-J-2010-000146
Resolución Nº PJ0832010000289

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Solicitantes: Santos Rene Carrasco y Yolimar Carvajal Arciniegas
Beneficiarias: (Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el
Artículo 65 de la LOPNNA)
Abogado: Anargenis Campos Fernández, Fiscal de Protección

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por fijación de la obligación de manutención de fecha 02/08/2010, suscrita por los ciudadanos: SANTOS RENE CARRASCO y YOLIMAR CARVAJAL ARCINIEGAS, venezolanos, mayores de edad, C.I. Nros. 10.049.524 y 13.798.383, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la Fiscal de Protección Dra. ANARGENIS CAMPOS FERNANDEZ, en cuyo escrito cursante en autos al folio: 09, se acuerdan el monto, modo y tiempo de pago de dicha obligación, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese constancia en el Libro Diario.-------------------------
El(a) Juez(a)

Abg. Franklin Granadillo Paz
El (a) Secretario (a)

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El (a) Secretario (a)

FGP/Virginia Romero