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ASUNTO: FP02-J-2011-000355
 RESOLUCION Nº PJ082011000372
 
 
 SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
 
 Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 22-03-2011, suscrita por los ciudadanos: NELIO SANTOS GONZALVES CANHAS y CLAUDIA LOJANA MEJIAS, identificados en autos, debidamente asistidos por el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal Séptimo (E) del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,  cuyo escrito cursa en autos a los folios 02 y 03, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375 y 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------
 La Juez de Mediación Nº 01
 
 Dra. Ligia Elizabeth Moreno Rivero.
 El (a) Secretario (a)
 
 En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
 
 El (a) Secretario (a)
 
 
 LEMR/Ryna Sano.-
 
 
 
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