ASUNTO: FP02-J-2011-000108
RESOLUCIÒN Nº PJ0822011000410

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
A U T O R I Z A C I O N

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO, Juez de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana DESIREE JOSEFINA MORA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.516.347, para que realice y/o gestione ante la Gobernación del Estado Bolívar, Entidad Bancaria del Sur, Banco Guayana, Empresa Iberoamericana de Seguros C.A, todo lo concerniente, a las sumas de dinero o beneficio, por concepto de Prestaciones Sociales, Ley de Política, Caja de Ahorro, cantidades de dinero que se encuentra depositada en la Cuenta de Ahorro Nº 0008-0003-0002982122, Pensión de Sobreviviente y Seguro de Vida, que le pudiera corresponder al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), dejada por el De-Cujus: EUDIS ENRIQUE SOLANO HERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.778.572, sumas estas que deberá ser entregada a la ciudadana DESIREE JOSEFINA MORA RODRIGUEZ, plenamente identificada en autos, en Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio de su beneficiario (niñas, niños y /o adolescentes). Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los veintiséis (26) días del mes de Abril del año 2011.

LA JUEZ

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LEMR/Jessica.-