ASUNTO: FP02-J-2011-000296
RESOLUCION Nº PJ0822011000338

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 09-02-2011, suscrita por los ciudadanos: MERVIS JOSE ATAY LOPEZ y CINDRIS MIREYA SARMIENTO PEREZ, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. Mercedes Duquez, en su carácter de Defensora del Niño y del Adolescente de la Fundación Social Bolívar, cuyo escrito cursa en autos al folio 03 y 04, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 267 del Código Civil, con el articulo 518 de la LOPNNA, en concordancia con el artículo 375 ejusden, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------

El (a) Juez(a)

Abg. Ligia Elizabeth Moreno Rivero
El (a) Secretario (a)

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El (a) Secretario (a)


LEMR/Ryna Sano.-