REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 1 de abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO: FP02-J-2011-000300
RESOLUCION Nº PJ0832011000649


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 28-10-2010, suscrita por los ciudadanos: DANIEL ALBERTO CORDOVA y JUDITH JOSEFINA PEREZ MEJIAS, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. MERCEDES DUQUEZ, en su carácter de Defensora del Niño y del Adolescente de la Fundación Social Bolívar, cuyo escrito cursa en autos a los folios 05 y 05, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375 y 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones. Por cuanto de la revisión del presente expediente, se observa que la foliatura se encuentra alterada a partir del folio: seis (06), por lo que se deja a salvo todas las enmendaduras realizadas en el presente expediente, se ordena su corrección. Táchese lo correspondiente y corríjase la misma, de conformidad con lo establecido en el Artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.-------------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez de Mediación Nº 02

Dr. Franklin Granadillo Paz
El (a) Secretario (a)

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El (a) Secretario (a)