REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 14 de abril de 2011

200º y 151º

Vista la dación de pago de fecha 12 de abril de 20121, suscrita por RICHARD ALEXANDER URANGA RIVERO, apoderado actor y ELIAS GENARO ACOSTA JIMENEZ, actuando en nombre propio y representación de su legitima conyugue AURORA DEL CARMEN CONTRERAS DE ACOSTA, parte demandada, asistido por la abogado ALIX BETZIMAR ALTUVE PEÑA, mediante la cual celebran una transacción que pone fin al juicio de conformidad con los artículos 1713 y 1159 del Código Civil y 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil y solicitan se homologue la dación de pago. El Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicha dación de pago, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa, da por terminado el juicio y ordena el archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.

EL JUEZ,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO R. PEÑALOZA RIVAS

mlr.