REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 10 de Agosto de 2011
Años: 201° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos CRISALIDA VICTORIA ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.284.132 domiciliada en el sector Tamarindo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y BILL ROBINSON ALDANA NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.285.488, con domicilio en El sector Tamarindo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: NAILETH RUBY BARICO GARAY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 17.320.321 de éste domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Municipal que mide TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00 mts2), ubicado en la Avenida 1 entre calles 16 y 17 del sector Tamarindo de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una plantación de árboles frutales, tales como: Dos matas de mamón, tres matas de aguacate cercadas por su frente, al fondo y su lateral derecho con paredes de bloque rustico y por su lateral izquierdo con alambres de púas de cinco pelos de alambres con estantillos de madera viva y muerta, con una puerta de entrada de tubos galvanizados con servicios de aguas blancas y de electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 1 su frente en 12.00 M; SUR: Terreno ocupado por Crisálida Ordóñez en 12.00 M; ESTE: Casa que es o fue de Cleidy Barico en 25.00 M; OESTE: Casa que es o fue de Reimundo Chirinos en 25.00 M.; Según se evidencia del Certificado de empadronamiento N° 22-03-01-AU-106-03-05 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 01 de Agosto del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1556/2011.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez

EBA/EM/klency.-