REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 11 de Agosto de 2011
Años: 201° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YELITZA COROMOTO APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.905.183 domiciliada en el sector José Félix Rivas de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y VICENTA SABINA SANCHEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.512.838, con domicilio en la Comunidad de las Corozas Cumaripa Via Nirgua Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: EGLIS MASSIEL HERRERA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-19.198.257 de éste domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad de Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS (372,31 mts2), ubicado en la Calle el Zanjón, entre calle principal y vía las Corozas de la Comunidad de el caliche Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de Un rancho construido con paredes de barro frisadas con cemento, techo de zinc, piso de cemento pulido y distribuido de la siguiente manera: Dos habitaciones, una sala y una cocina-comedor, con una puerta de entrada de lamina de hierro y dos ventanas de madera y se encuentran cercadas perimetralmente en alambres de púas a cuatro pelos de alambres y estantillos de madera viva y muerta, con servicios de aguas blancas y de electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Angélica Aguiar en 25.60 M; SUR: Casa que es o fue de Eduardo Figueroa en 24.30 M; ESTE: Casa que es o fue de Cecilia Herrera en 16.00 M; OESTE: Calle El Zanjon su frente asa en 13.90 M.; Según se evidencia del Certificado de empadronamiento N° 22-03-01-AR-127-04-10 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 04 de Agosto del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1593/2011.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-