REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 12 de Agosto del 2011
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GLADYS COROMOTO DUQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.071.354 domiciliada en la Avenida 6 entre Calles 13 y 14 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MARIA TERESA DUQUE DE HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.963.281 y domiciliada en la Calle 14 entre Avenidas 6 y 7, Barrio Centro, Nº de Casa 22-13 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MIRIAN JOSEFINA MUJICA DE PISKAC, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.495.101 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propio, ubicado en el Callejón la Morita entre Calles 12 y 13 de la Comunidad Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 418,95 Mts2 y un Área de Construcción de 192,84, constante en una (1) casa de habitación con las siguientes características: cuatro (4) habitaciones, una (1) cocina empotrada, cuatro (4) baños, un (1) porche, un (1) lavandero, una (1) piscina, una (1) sala, un (1) comedor, un (1) corredor, una (1) escalera, un (1) garaje, doce (12) ventanas con protectores de hierro y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Callejón la Morita ( su frente) en 14,70 ml; SUR: Casa que es o fue de Familia Burgos en 14,90 ml; ESTE: Casa que es o fue de Justa de la Rosa en 28,15 ml OESTE: Casa que es o fue de Ofelia Ochoa en 28,85 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento, CODIGO CATASTRAL N° 22 03 01 AU 106 43 02, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 26 de Julio del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1578/2011.

El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.