REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL
Expediente Nº: UP11-O-2011-00036

En el día de hoy, jueves Once (11) de Agosto del año dos mil once (2.011) a las nueve de la mañana (9:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia conciliatoria pautada en la causa referida a la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL propuesta por 1a ciudadana ROSA VIRGINIA GARRIDO GRAVINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.481.878, contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO YARACUY (CLEY), por el no acatamiento de la providencia administrativa Nº 370/2010 de fecha 10-11-2010 emanada de la Inspectoria del Trabajo del Estado Yaracuy.
Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal el acto. Verificándose la presencia de la parte querellante a través de la ciudadana ROSA VIRGINIA GARRIDO GRAVINA, anteriormente identificada, asistida en éste acto por el profesional del derecho JOSE LUIS OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.95.594 en su orden.
Con relación a la parte querellada se deja constancia que la misma acuden a través de los profesionales del derecho: JESUS LUCENA y AMILCAR SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 138.797 y 92.441 en su orden, por otro lado, comparece en representación de la Procuraduría General del Estado Yaracuy comparece el profesional del derecho DINA OCANTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.099, quien presentó previo al acto y por secretaría original y copia del instrumento poder con la finalidad que la copia sea certificada y sea devuelto su original.
Acto seguido, con la presencia del ciudadano Juez CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, el Secretario RUBEN ARRIETA ALVARADO y el Alguacil ISRAEL SCHARWZ, se apertura la sesión conciliatoria en la Sala de Audiencia del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en Sede Constitucional, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
En este estado, tomó la palabra el ciudadano Juez, quien estableció las reglas a seguir en el presente acto. Posteriormente, se le otorgó el derecho de palabra a la parte agraviante quien señala que ha tenido la voluntad de reincorporar a la trabajadora a su puesto de trabajo y en fe de ello notificó a la trabajadora en fecha 18-07-2011.
Seguidamente, se le otorgó el derecho de palabra a la parte agraviada quien señala que las condiciones de la reincorporación no son las mismas antes del despido y no hay manifestación alguna de la cancelación de los salarios caídos. De seguidas la procuraduría general del estado Yaracuy manifiesta que la forma de cancelación será realizada con fundamento a lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Ley Orgánica del Procuraduría General del Estado Yaracuy.
Intervino seguidamente la parte querellada quien manifiesta que si ha existido la reincorporación de la trabajadora. Y la parte querellante ante tal situación solicita que sean verificadas el cumplimiento de la sentencia.
Ante tal situación, y al no lograrse una conciliación efectiva sobre el cumplimiento de la sentencia éste Tribunal da por concluida la Audiencia Conciliatoria.
Se deja constancia que la Audiencia Conciliatoria no se reprodujo en forma audiovisual.
EL JUEZ,

CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO

PARTE QUERELLANTE: POR LA PARTE QUERELLADA:



ROSA VIRGINIA GARRIDO GRAVINA Abg. JESUS LUCENA



Representada por:


Abg. JOSE LUIS OJEDA

Abg. AMILCAR SALAZAR

Por la Procuraduría del Estado:

ABG. DINA OCANTO

EL SECRETARIO,

Abg. RUBEN ARRIETA ALVARADO
El Alguacil;

ISRAEL SCHARWZ
CMFG/REA**
PIEZA UNO (01)
Pieza Nº1