REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIA EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS
AMAZONAS, BOLÍVAR Y DELTA AMACURO.

Ciudad Bolívar, 10 de agosto de 2.011.-
201° y 152°.

ASUNTO: FP02-U-2010-000037 SENTENCIA Nº PJ0662011000159

Visto el escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 28 de julio de 2.011, por el Abogado Jaime Cardozo Villazana, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.857.818, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.186, representante de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Región Guayana, este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los siguientes términos: En relación al Capitulo I: Acogiéndose al principio de la comunidad de la prueba, reproduce a favor de la Republica, el mérito favorable que se desprende de los autos, especialmente de la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2010/060 de fecha 12 de mayo de 2010, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); y del expediente administrativo que le dio lugar la referida resolución constante de noventa y dos (92) folios útiles. Este Tribunal admite las pruebas promovidas, en cuanto a lugar a derecho, por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, reservándose su apreciación en la definitiva.

Publíquese, regístrese y emítase cuatro (4) ejemplares del mismo tenor. Asimismo notifíquese la presente decisión a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana. Líbrense las notificaciones correspondientes.-

LA JUEZ SUPERIOR PROVISORIA


ABG. YELITZA C. VALERO R.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL


ABG. GIOVANNA C. FERNANDEZ
YCVR/Gcfm/jm