REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Puerto Ordaz, Primero (01) de Agosto de 2011.
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-O-2011-000075
ASUNTO : FP11-O-2011-000075
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
En el día de hoy, lunes primero (01) de Agosto del año Dos Mil Once (2011), siendo las Nueve (9:00 a.m) de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de Amparo Constitucional de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, incoada por la ciudadana DIANA CAROLINA CEBALLOS NIEVES, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.788.707, debidamente asistida por los ciudadanos JOSE DE JESUS DIAZ y JOHANNY JOSEPH DIAZ, abogados en ejercicio e inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nros. 49.544 y 138.315, en contra de la Empresa PANADERIA EXQUISITECES LA ESMERALDA C.A. Se anuncio el acto a las Puertas de la Sala de Audiencia de este Tribunal en la forma de Ley, dejándose expresa constancia que el Tribunal cumple con el mandato legal previsto en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referido a la reproducción audiovisual del presente acto. Seguidamente, la Secretaria de Sala procede a verificar la identificación de las partes, constatándose la Incomparecencia de la parte actora ciudadana DIANA CAROLINA CEBALLOS NIEVES, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.788.707. Asimismo, se deja expresa constancia de la Incomparecencia de la presunta agraviante PANADERIA EXQUISITECES LA ESMERALDA C.A., e igualmente se deja constancia de la Incomparecencia del Fiscal Nacional del MINISTERIO PUBLICO. De seguidas se da inicio al acto a través de la intervención de la ciudadana Jueza, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara en este mismo acto:
PRIMERO: El DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN de Amparo Constitucional de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Siendo las 9:05 de la mañana. Se da por concluido el acto.
Es todo, terminó. Se leyó, regístrese, publíquese y déjese copia en el compilador de sentencias respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, con sede en el Palacio de Justicia de Ciudad Guayana. En Puerto Ordaz al Primer (01) día del mes de Agosto de 2011.- 200° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL CUARTA DE JUICIO
ABG. RAQUEL DEL VALLE GOITIA BLANCO.
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. MAGLIS MUÑOZ
Exp. FP11-O-2011-000075
RGB/rgoitia
010811
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