REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 16 de Diciembre de 2011
Años: 201° y 152°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanas: KARINA YLEMAR ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.647.825, con domicilio en la Comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y KENDI YOMAIRA FERREIRA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.484.961, con domicilio en la Comunidad de La Libertad de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los ciudadanos: NANCY SURLENIS MENDOZA, ASDRUBAL MENDOZA y EMIL JAVIER MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.513.708, V-5.460.449 y V-6.701.810, respectivamente, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que los solicitantes fomentaron, sobre un lote de terreno perteneciente a TERRENO MUNICIPAL, sobre un Area de Terreno que mide: 459.70 m2 y un Area de Construcción que mide: R4: 94.95 m2. Ubicado: En la Calle 14 entre Avenidas 4 y 5, Comunidad de Guatanquire 1, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Consistente: En Un (1) Inmueble con las siguientes características: Paredes de bloques sin frisar, techo de zinc, piso de cemento, Dos (2) Puertas de metal, distribuida de la siguiente manera: Una (1) Sala, Tres (3) Cuartos, Una (1) Cocina, Un (1) Baño con su respectiva puerta, Un (1) Lavadero, el frente se encuentra cercado con sus rejillas, cercada totalmente con bloques con instalaciones de aguas servidas e instalaciones eléctricas y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Juan Valera en 30.35 M; SUR: Casa que es o fue de Hector Castillo en 30.40 M; ESTE: Calle 14 Su Frente en 15.10 M; y OESTE: Casa que es o fue de Emilio Oviedo en 15.00 M; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22 03 01 U01 101 20 10 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16-08-2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1828/2011.


El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La secretaria,
Abg. Erlen Martínez

EBA/EM/fg-