REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y
EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO YARACUY
San Felipe, siete (07) de Diciembre de 2011
201º Y 152º
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2011-000407
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano: JOSÉ ISMAEL MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.426.931
PARTE DEMANDADA: Empresa: TRANSPORTE MACHICO, S.A., en la persona de sus representantes legales, los ciudadanos: ALBERTO PESTANA y PEDRO PESTANA.
REPRESENTADA POR LAS ABOGADAS: MILEXA PASTORA LINARES TREJO y HANNY JOHANA MELÉNDEZ GIMÉNEZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 25.992 y 92.394, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS
En el día de hoy lunes SIETE (07) de DICIEMBRE del año 2011, siendo las ONCE de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el expediente signado con el Nº UP11-L-2011-000407, de la nomenclatura de este Juzgado, contentivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS, incoada por el ciudadano JOSÉ ISMAEL MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 7.426.931, CONTRA: la Empresa: TRANSPORTE MACHICO, S.A., representada por los ciudadanos: ALBERTO PESTANA y PEDRO PESTANA. Anunciado como ha sido el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy y constituido como se encuentra el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Ciudadana Juez ERIKA ELEONOR SUÁREZ SEQUERA, se deja expresa constancia de la presencia de la parte demandada, representada por las Abogadas: MILEXA PASTORA LINARES TREJO y HANNY JOHANA MELÉNDEZ GIMÉNEZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 25.992 y 92.394, respectivamente, quienes consignan en este acto copia fotostática del documento Poder que las acredita, a los fines de que la misma se agregada a los autos, previa certificación, para lo cual presentan el Original del referido poder, por lo que la Ciudadana Juez ordena la Certificación por Secretaria de la respectiva copia y que la misma sea agregada a los autos. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadano JOSÉ ISMAEL MARTÍNEZ, previamente identificado, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la instalación de la audiencia preliminar. Acto seguido y en virtud de la incomparecencia de la parte actora, se procede conforme a lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por
AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Por lo que ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente asunto, una vez quede firme la presente decisión. Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, siendo las once y cuarenta y cuatro minutos de la mañana (11:44 a.m.) del mismo día, previo pronunciamiento oral de la presente decisión. Se levanta la presente acta, de la cual se hacen dos (02) ejemplares a un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de San Felipe, a los siete (07) días del mes de Diciembre del año 2011.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ,
ABG. ERIKA ELEONOR SUÁREZ SEQUERA
POR LA PARTE DEMANDANTE,
JOSÉ ISMAEL MARTÍNEZ
POR LA PARTE DEMANDADA,
TALLER MACHICO, S.A.
REPRESENTADA POR:
ABG. MILEXA PASTORA LINARES TREJO
ABG. HANNY JOHANA MELÉNDEZ GIMÉNEZ
LA SECRETARIA,
ABG. NORAYDEE REVEROL
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