REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz Puerto Ordaz, Seis (06) de Diciembre de Dos Mil Once (2011)
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2011-000088
ASUNTO : FP11-L-2011-000088

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTES ACTORAS: Ciudadanos JOSÉ MIGUEL ZERPA y FRANCISCO SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs 8.859.202 y 10.045.169 respectivamente.-

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanos FRANK SILVA SILVA, JUAN HURTADO y NOEL GRILLET, Abogados en ejercicio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nºs 39.596, 9.221 y 101.999 respectivamente.-

PARTES ACCIONADAS: Sociedad Mercantil TRANPORTE RABEDINE, C.A., quien no compareció ni por si ni por medio judicial, legal no estatutario alguno; y solidariamente la empresa CVG FERROMINERA ORINOCO, C.A., empresa del estado Venezolano, domiciliada en Ciudad Guayana, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil , anteriormente llevado por el Juzgado Segundo e Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nº 1.188, folios 160 al 171, Tomo 12, el 10 de diciembre de 1975, siendo su última modificación efectuada según participación por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, anotada bajo el Nº 24, Tomo 24-A-Pro, del 04 de mayo de 2007.-


APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONADA CVG FERROMINERA ORINOCO, C.A: Ciudadanos LIVIA ROJAS RAMOS, DAISY COLL RIJO, MARINELA RENDÓN DELEPIANI, ROSA AMELIA HERRERA MORALES, JOHN BUENO, EVELYNG AVELLÁN, JEAN PIERRE SILVA, ORLEDY OJEDA, MARÍA FERNANDA LUZARDO, ROSEGLYS CAROLINA COA VIAMONTE, LUZ MARÍA NÚÑEZ y DANIEL ENRIQUE ALMENAR WILIAMS, Abogados en ejercicio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nºs 39.745, 49.687, 2.329, 66.648, 75.597, 70.876, 86.893, 94.125, 107.299, 138.904, 93.983 y 107.125 respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTO LABORALES.


En el día de hoy, 06 de Diciembre de 2011, siendo las 10:00 a m de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Pública y Oral de Juicio, se deja expresa constancia que las partes actoras no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial, así como tampoco compareció la Sociedad Mercantil TRANSPORTE RABEDINE, C. A demandada en forma principal, ni por si, ni por medio de representante legal, judicial o estatutario alguno, solo comparecieron las ciudadanas EVELYN AVELLAN y MARÍA FERNANDA LUZARDO, Abogadas en ejercicio, de este domicilio e inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 70.876 y 107.299 en sus condiciones de apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil CVG FERROMINERA ORINOCO, C.A demandada en forma solidaria, es por lo de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDA LA ACCION Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 200°.

LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO
ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.


APODERADAS JUDICIALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CVG FERROMINERA ORINOCO, C. A.
ABOGADA ASISTENTE

ABOG. MILAGROS RODRIGUEZ.



LA SECRETARIA DE SALA

ABOG. MAGLIS MUÑOZ