REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 20 de diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: FP02-V-2010-001026
RESOLUCION Nº PJ0182011000302

Vista la diligencia de fecha 07 de diciembre de 2011 suscrita por la parte actora ciudadana YOSMARI DEL VALLE MORONTA CABRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.656.481, asistida del abogado MANUEL BRAVO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 42492, de este domicilio, mediante la cual procede a DESISTIR del procedimiento que por ACCION MERO DECLARATIVA tiene incoado en contra de los ciudadanos ANA YSABEL PEREZ MENDOSA Y FRANCISCO ANTONIO VILLASANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-10.655.393 y V- 8.485.295, el Tribunal en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR, como en efecto lo hace, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada la presente demanda. Asimismo, se ordena devolver el folio doce (12) que cursa en original en el presente expediente previa su certificación en autos. En consecuencia, ordena dar por terminadas las presentes actuaciones y remitirlas a la oficina de archivo judicial del Estado Bolívar a los fines de su mejor resguardo, constante de veintiocho (28) folios útiles. Procédase como se ha decidido.
El Juez Provisorio,


Dr. JOSE RAFAEL URBANEJA TRUJILLO.
La Secretaria,

Abg. SILVINA COA MARTINEZ.
JRUT/SCM/Emilio