REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUINDO DEL MUNICIPIO HERES DEL
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVAR
Ciudad Bolívar, 13 de Diciembre de 2011
201º y 152º
RESOLUCION N°: PJ0252011000425
ASUNTO FP02-S-2011-004073
Revisadas como han sido minuciosamente las actuaciones que conforman el presente asunto este tribunal observa:
Que la acción propuesta dimana de un DIVORCIO 185-A, incoado por los ciudadanos VIRGINIA RODRIGUEZ y CRUZ MARIA GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad números 5.433.559 y 8.856.197 respectivamente.
Que al momento de interponer el procedimiento los solicitantes antes indicados acompañaron una serie de recaudos con el fin de soportar el procedimiento, de lo cual acompañaron copias de las cédula de identidad de sus hijos procreados durante la relación conyugal, circunstancias estas que demuestran, que están llenos los requisitos para su admisión razón por la cual este tribunal conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, revoca por contrario imperio el auto 05-12-2011 inserto al folio 10 del presente asunto y, consecuencialmente ordena la admisión del presente asunto conforme al tramite legal correspondiente.-
El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria ,
Abog. Inocencia Linero