REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de Diciembre de 2011
AÑOS: 201º y 152º
ASUNTO: UP11-V-2011-000290.
Vista la anterior solicitud remitida por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Felipe de este estado Yaracuy, la cual contiene la Medida de Protección en Modalidad de Abrigo, dictada de acuerdo a lo establecido en el articulo 126 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor de la adolescente DIOSELIN MELENDEZ, de diecisiete años de edad, para que fuera cumplida en la Entidad de Atención “Ricardo Hernández Ortiz” hoy Unidad de Protección Integral “Andresote Cimarron”, ubicado en el Municipio San Felipe de este estado Yaracuy, por cuanto se le puede brindar en esta una atención integral de acuerdo a su edad y necesidades, y visto que se han cumplido con lo establecido en la Ley, se debe acordar la colocación en Entidad de Atención la cual deberá cumplirse EN LA UNIDAD DE PROTECCION INTEGRAL ANDRESOTE CIMARRON en beneficio de la adolescente DIOSELIN MELENDEZ, de diecisiete años de edad, y por cuanto quien juzga considera necesario e indispensable y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, principio de interpretación y aplicación de esta ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, principio dirigido a asegurar el desarrollo integral así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, en consecuencia de conformidad con el artículo 126, literal “i”, 128 y 129 eisudem, en concordancia con el articulo 396 de la precitada ley este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION EN LA UNIDAD DE PROTECCION INTEGRAL ANDRESOTE CIMARRON en beneficio de la adolescente DIOSELIN MELENDEZ, de diecisiete años de edad, quienes deberán ejercer la custodia de adolescente antes identificada, la tendrán bajo su cuidado y responsabilidad, asimismo deberán darle todas las atenciones necesarias para garantizar su integridad física hasta que este Tribunal determine otra modalidad de protección. Se ordena oficiar a la Directora de la UNIDAD DE PROTECCION INTEGRAL ANDRESOTE CIMARRON a fin de que conozcan sobre la presente decisión.
Publíquese y regístrese, Déjese copia certificada,
Dada, firmada y sellada, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre de 2011.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro
La Secretaria
Abg. Noren Carvajal
En la misma fecha se público y registro la decisión, siendo las 11:00 a.m.
La Secretaria
Abg. Noren Carvajal
ASUNTO. UP11-V-2011-000290
|