ASUNTO: FP02-V-2011-001597
RESOLUCIÒN Nº PJ0822011001229


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


Por cuanto se evidencia que el ciudadano LEONARDO JOSE PEÑALVER MUJICA, titular de la Cedula de Identidad Nº 26.047.767, no compareció por ante este despacho dentro del plazo establecido por este tribunal a manifestar si esta cursando estudios que lo incapaciten para realizar trabajos remunerados o tenga algún impedimento físico o mental que lo imposibilite proveer su propio sustento y vista que ha alcanzado la mayoría de edad, razón por la cual este Tribunal, DECLARA EXTINGUIDO EL PRESENTE JUICIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se declara. En consecuencia se Revocan todas las medidas cautelares de embargo decretadas por el suprimido Tribunal Primero de Protección del Niño y del Adolescentes, en fecha 19-07-2006. Cúmplase, y líbrese oficio y anótese en el libro diario.
LA JUEZ (1) DE MEDIACIÒN

ABG. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA SECRETARIA DE SALA.

ABG.
LEMR/Yumeris Aray