REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2009-000499
Años: 200º y 151º
En el día de hoy, Martes Veinticinco (25) de Enero del año dos mil Once (2.011), siendo las Diez de la mañana (10:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoada por la ciudadana: YOHELIMER COROMOTO PARRA SANDOVAL, contra la empresa DIARIO EL YARACUYANO C.A. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se deja expresa constancia de la comparecencia por la parte demandante a través de la ciudadana: YOHELIMER COROMOTO PARRA SANDOVAL, titular de la cédula de identidad Nº V-13.094.469, asistida en este acto por el Procurador de Trabajadores del Estado Yaracuy, profesional del derecho: JESUS MIGUEL JORDAN SEGOVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 149.146; por otro lado, se deja expresa constancia de la comparecencia a ésta audiencia de la parte demandada. a través de sus apoderadas judiciales abogadas YARISOL FIGUEIRA y MARIA CAMPOS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº. 40.560 y 74.528 respectivamente. Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la Secretaria GRECIA KORALIA VERASTEGUI y el Técnico Audiovisual Alguacil ISRAEL SCHWARZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.-------
El ciudadano juez exhortó a las partes al uso de los medios alternos a la resolución de conflicto, desprendiéndose de la exposición de las mismas, imposibilidad de acuerdo alguno.-----------------------------------------
Acto seguido, se concedió el derecho de palabra al profesional del derecho: JESÚS JORDAN, ya identificado, quien expuso los fundamentos en los que se basa la pretensión de la actora.
Posteriormente se le concedió el derecho de palabra a la profesional del derecho YARISOL FIGUEIRA en representación de la demandada de autos, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho en los que apoya su defensa.-----
Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:--------------------------------------------------
PARTE ACTORA:--------------------------------------------------
Prueba Documental:----------------------------------------------------
• Acta (f.8) La representación de la parte demandada no hizo observaciones.----------------------------------------------
PARTE DEMANDADA: ------------------------------------------------
Prueba Documental:----------------------------------------------------
• Liquidación de prestaciones (f.61-65) La parte actora, a través de su abogado asistente impugnó por considerar que fueron presentadas en copia simple.--------------------------------------------
La representación de la parte demandada presentó los originales de todas las documentales que estaban en copias.-----------------------------
La parte actora a través de su abogado asistente reconoce que son las originales de las copias simples.----------------------------------
• Anticipos de prestaciones (f.66-67) ) La parte actora a través de su abogado asistente no formuló observaciones.------------------
• Recibos y baucher de pago de vacaciones (f.68-72) La parte actora a través de su abogado asistente no formuló observaciones.---------
• Renuncia (f.75) La parte actora a través de su abogado asistente no formuló observaciones.------------------------------------
• Baucher de pago de utilidades (f.73-74) La parte actora a través de su abogado asistente no formuló observaciones.-----------------
Acto seguido, y al haber culminado la evacuación de la pruebas, este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente. Vencido dicho lapso, el ciudadano Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoada por la ciudadana: YOHELIMER COROMOTO PARRA SANDOVAL, contra la empresa DIARIO EL YARACUYANO C.A. titular de la cédula de identidad Nº V-13.094.469. SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costa a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la ley adjetiva labora. TERCERO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. CUARTO: Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.
EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
Por la parte actora: Parte demandada
YOHELIMER COROMOTO PARRA SANDOVAL Abg. YARISOL FIGUEIRA
Abg. JESUS MIGUEL JORDAN SEGOVIA, Abg. MARIA CAMPOS
EL SECRETARIO,
ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ
El Técnico Audiovisual/
Alguacil
CMFG/veragrek*
UP11-L-2009-000499 ISRAEL SCHWARZ
PIEZA Nº 01
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