REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, once de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: FH02-X-2010-000083
Asunto Principal: FP02-V-2010-001829

Por cuanto la parte accionante solicitó una medida cautelar de secuestro sobre el vehículo objeto de la presente controversia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley sobre Venta con Reserva de Dominio, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre el vehículo identificado así: Marca: CHEVROLET, Modelo: SILVERADO, Clase: CAMIONETA, tipo: CHASIS, Color: BLANCO, Año: 2008, Serial de Carrocería: 8ZCEC14J78V349223, Serial de Motor: 78V349223, Placas: A04AL6G, Tipo: PICK UP y Uso: CARGA, a tales efectos se ordena comisionar suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres y Raúl Leoni del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Líbrese comisión junto a oficio.

Se hace del conocimiento al demandante que debe consignar caución conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio en la cantidad de ciento treinta y cinco mil bolívares fuertes (Bs. Bs. F 135.000,00), para que el tribunal pueda acordar el depósito en su persona.

Se ordena oficiar lo conducente a Cualquier Autoridad Civil y/o Militar de la República Bolivariana de Venezuela, para que proceda a la detención administrativa del vehículo antes mencionado. Líbrese la comisión y los oficios correspondientes.
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
En esta misma fecha se libraron comisión signada con el alfanumérico FH02-C-2011-000057 y los oficios Nros. 025-009/2011, 025-010/2011 y 025-011/2011 .
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/yinet
Resolución Nº PJ0192011000005