REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, diecisiete de enero de dos mil once
200º y 151º
Vista la medida solicitada en la demanda por divorcio incoado por Maricela Figarella de Maitan contra Pedro Emilio Maitan, este Tribunal decreta en conformidad con lo establecido en el artículo 191, ordinal 3° del Código Civil, medida preventiva de embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales que pudieran corresponder al ciudadano Pedro Emilio Maitan, como personal obrero jubilado de la Universidad de Oriente, Núcleo Bolívar, escuela de Ciencias de la Salud, a tales efectos se ordena comisionar suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Salmeron del Estado Sucre, Líbrese la comisión y los oficios correspondientes.-
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
En esta misma fecha se libraron los oficios Nº 025-33/2.011 y 025-34/2011.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/angela.-
Asunto: FH02-X-2011-000005
Asunto Principal: FP02-F-2011-000011
RESOLUCIÒN Nº PJ0192011000017.-
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