REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR

I
En fecha 02 de febrero de 2000, se admitió demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales intentada por Jesús Arenas Hernández, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A, bajo Nº 29.666 y de este domicilio contra Ramón Aída Margarita Hernández Odreman, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.876.124 y de este domicilio .-

Dice el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que: "TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES".

I I
Es evidente, que desde el día 02 de febrero de 2.000, fecha en la que fue admitida la demanda, no consta que se hubiere realizado posteriormente acto alguno de procedimiento para interrumpir la perención de la instancia, la cual se ha producido por el transcurso del tiempo señalado en la disposición legal que se ha trascrito en el encabezamiento de esta decisión.-

Por las razones expuestas este tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por estimación e intimación de honorarios profesionales.

Notifíquese de la presente decisión a la parte actora.

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veinte días del mes de enero del año dos mil once. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez,


Abg. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charbonè.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (08:45 a.m.).-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charbonè.-
MACB/SCH/angela.-
ASUNTO: FH02-X-2000-000007
Resolución: Nº PJ0192011000024