ASUNTO: UH05-V-2007-000102
PARTE ACTORA: Ciudadana YSALBA YASMIRY TORREALBA SALAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.608.661.
PARTE DEMANDADA: Ciudadano NAUDY ALBERTO ROMERO CARDONA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 15.389.045.
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
En fecha 13 de noviembre de 2007, se admitió la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN interpuesta por la ciudadana YSALBA YASMIRY TORREALBA SALAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.608.661, debidamente asistida de abogado en contra del ciudadano NAUDY ALBERTO ROMERO CARDONA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 15.389.045.
En fecha 20 de febrero de 2009, quien Juzga se aboca al conocimiento de la presente causa. En 30 de octubre de 2009, se fijó el nuevo procedimiento y se ordenó la notificación de las partes. En fecha trece (13) de diciembre de 2010, se fijó la fase de mediación de la audiencia preliminar, para el día doce (12) de enero de 2011, a las once y treinta minutos de la mañana. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia única de la fase de mediación de la audiencia preliminar se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la parte actora ciudadana YSALBA YASMIRY TORREALBA SALAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.608.661 y de la no comparecencia del demandado ciudadano NAUDY ALBERTO ROMERO CARDONA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 15.389.045.
Ahora bien, siendo que la demandante no compareció a la audiencia de mediación, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los doce (12) de enero de 2011. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza,
Abg. BELKIS MORALES DE RODRÍGUEZ La Secretaria,
Abg. KATIUSKA PÉREZ OJEDA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 1:05 p.m. y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. KATIUSKA PÉREZ OJEDA
ASUNTO: UH05-V-2007-000102
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