ASUNTO : FP02-J-2011-000006
Resolución Nº PJ0832011000042
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Causa: Obligación de Manutención
Solicitantes: Naila de los Ángeles Guevara Núñez y José Samir Akle
Beneficiaria: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)
Abogada: Anargenis Campos Fernández, Fiscal (a) de Protección
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por fijación de la obligación de manutención de fecha 22-12-2010, cuyo escrito cursa en autos al folio 02, suscrita por los ciudadanos: Naila de los Ángeles Guevara Núñez y José Samir Akle, venezolanos, mayores de edad, C.I. Nros. 14.884.067 y 13.546.406, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la Fiscal (a) de Protección Dra. Anargenis Campos Fernández, se acuerdan el monto, modo y tiempo de pago de dicha obligación, este Juzgado de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese constancia en el Libro Diario.-
El(a) Juez(a)
Abg. Ligia Elizabeth Moreno Rivero
La Secretaria de Sala Acc.,
LEMR/Elenice Abreu.Asistente
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