ASUNTO: FP02-J-2010-000453
RESOLUCIÒN Nº PJ0822011000073
Sentencia interlocutoria.
A U T O R I Z A C I O N
DRA. LIGIA E. MORENO RIVERO, Juez de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y del Adolescente Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana AMARILIS DEL CARMEN FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.598.157, y en vista de la opinión favorable del Fiscal Especializado en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA EN FORMA AMPLIA Y SUFICIENTE, a la ciudadana AMARILIS DEL CARMEN FLORES, en su carácter de abuela paterna de la niña involucrada en la presente causa, para que previa las formalidades legales, en nombre de su nieta (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), para que tramite todo lo relacionado a las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Seguro Social y cualquier otro beneficio que le correspondía al ciudadano CARLOS ALBERTO FLORES, (difunto), en la Comandancia General de la Policía del Estado Bolívar. Dejando expresa constancia que las sumas de dinero deberán ser enviadas mediante Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal. Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese constancia en el Libro Diario.-
Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los Diecisiete (17) día del mes de Enero del año 2011.
El(a) Juez(a)
Abg. Ligia Moreno Rivero
LEMR/Virginia Romero
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