ASUNTO: FP02-V-2010-001616
RESOLUCION: Nº PJ0822011000077.
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE.
En horas hábiles del día de hoy 18/01/11, siendo la Una y Treinta de la Tarde (01:30 Pm), día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: ADOLFO RAMON GARCIA y MERLIS FARFAN, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-12.600.473 y 17.162.665, respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de los niños: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)de ocho (08), Cuatro (04) y dos (02) años de edad, respectivamente, el Tribunal deja constancia que no comparecieron ninguna de las partes. Se deja expresa constancia que al mismo no compareció la parte demandante ciudadana: ADOLFO RAMON GARCIA, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LA SECRETARIA DE SALA (Acc)
ABG. SUSSY DEL VALLE CUESTA GALVIS.
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