ASUNTO: FP02-V-2010-001764
Resolución Nº PJ0822011000088

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista el escrito de fecha 18-01-2011, presentado por los Ciudadanos JESUS ALBERTO y MANZUL RAFAEL VERA BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, debidamente asistido por los Abogado ALI VERA GONZALEZ y WILLIANS CALDERA RODRIGUEZ, inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 49.911 y 47.632, este tribunal en la oportunidad para decidir lo relativo a la verificación o no de la extinción de la Revisión de Obligación de Manutención en el presente juicio, este Tribunal hace las siguientes consideraciones: Que en fecha 18 de Enero de 2011, los ciudadanos JESUS ALBERTO y MANZUL RAFAEL VERA BERMUDEZ, mediante la cual manifiestan a este Despacho que los beneficiarios de la Revisión de Sentencia de Obligación de Manutención, han alcanzado la mayoría de edad, de haberse graduados y en fin encontrarse en los actuales momentos trabajando razón por la cual este Tribunal, DECLARA EXTINGUIDO EL PRESENTE JUICIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se declara.
En consecuencia se revocan todas las medidas cautelares de embargo decretadas por el extinto Juzgado Segundo de Menores en fecha 07 de Octubre del 1996. Cúmplase, y líbrese oficio y anótese en el libro diario.
LA JUEZ DE MEDIACIÒN Nº (01)

ABG. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO.

LA (el SECRETARIA DE SALA.

LEMR/Ryna Sano.-