ASUNTO: FP02-J-2010-000462
Resolución Nº PJ0822011000004

SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL de fecha: 29/11/2010, suscrita por los ciudadanos: JOAQUIN DIAMANTINO PINHEIRO PEIXOTO Y MILANGELA ROXANA POLANCO CAYAMA, titulares de las cedulas de identidad Nros. 16.757.332 y 12.571.939, debidamente asistidos por el Abogado JOSÉ TORIBIO ZARAZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 99.231, en cuyo escrito constante de dos (2) folios útiles, acuerdan adjudicarse amistosamente y mutuamente los bienes, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 177 literal “L” de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese constancia en el Libro Diario.-----------------------------------------------

La Jueza de Mediación (1)


Abg. Ligia Moreno Rivero La Secretaria de Sala

Abg.
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
La Secretaria de Sala

Abg.


Yioleska Oyuela -.asistente.-