ASUNTO : FP02-J-2010-000481
Resolución Nº PJ082201000009

Homologando acuerdo Celebrado entre las partes

SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA

Solicitantes: Yvmar Javier Matute Barrios y Cheila Elis González.
Beneficiaria: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
Abogado: Walfredo Méndez Aray.


Vista la solicitud de Homologación de fecha 13-12-2010, suscrita por los ciudadanos: CHEILA ELIS GONZALEZ DE MATUTE y YVMAR JAVIER MATUTE BARRIOS, Venezolanos, mayores de edad, C.I. Nºs. 17.106.266 y 15.477.975, de este domicilio, a favor de su hija: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), XXXXXXX, debidamente asistidos por el Dr. Walfredo Mendez Aray, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en cuyo escrito cursante en autos al folio: 02, se acuerda el derecho de frecuentación, en beneficio de la niña: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). En consecuencia, este Tribunal, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el referido acuerdo entre las partes tal como lo dispone el artículo 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese constancia en el Libro Diario de Actuaciones.------------------------------------------------------------------------------

La Juez (1) de Mediación,



Dra. Ligia Elizabeth Moreno Rivero.
El (a) Secretario (a)


Abog.

LEMR/Ana Ramírez. Asistente.-