ASUNTO: FP02-J-2010-000461/02
RESOLUCION Nº PJ0832010000011
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 30 de Octubre del 2010, suscrita por los ciudadanos: REIMAR JOSE CORDOVA MIRELLES y PABLO GUAPES DIAZ, identificados en autos, debidamente asistidos por el Abg. ENRIQUE YANEZ HERNANDEZ, Fiscal Auxiliar Décimo del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo escrito cursa en autos al folio 03, este Juzgado de Segunda Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------
El (la) Juez
Abg. Anailuj E. Rodríguez de Quivera.
El (a) Secretario (a)
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El (a) Secretario (a)
AER/Ryna Sano.-
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