REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintidós (22) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 152º
ACTA
ASUNTO N° LP21-L-2010-000229
PARTE ACTORA: JESUS ARMANDO ZERPA PINZON, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 11.960.588.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: MIREYA Y. ORTA C. y ANGEL MARIA ROSALES P., inscritos en el IPSA bajo los Nros. 127.770 y 63.908 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ENTIDAD FEDERAL DEL ESTADO MÉRIDA. (GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA).
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS RAMÓN SUESCUN RANGEL, JOSÉ R. ZAMBRANO D. y otros, inscritos en el IPSA bajo los Nros 28.258 y 90.652 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, veintidós (22) de febrero de 2011, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante representada por su coapoderado judicial el abogado MIREYA Y. ORTA C., inscrita en el IPSA bajo el Nro. 127.770, según sustitución de poder que se encuentra inserto en el expediente, también compareció a esta Audiencia la parte demandada representada por su coapoderado judicial JOSÉ R. ZAMBRANO D., inscrito en el IPSA bajo el Nro. 90.652, según poder autenticado que se encuentra inserto en el expediente en copia certificada, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, la parte demandante expuso que desiste en este acto del procedimiento en razón de haberse verificado que ya se le cancelo la totalidad de lo que se le adeudaba. Este Tribunal en vista de lo expuesto por las partes, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y da por concluido el presente proceso. Se ordena el archivo del expediente al sexto día (6to) hábil siguiente al de hoy. Así mismo, las partes solicitan la entrega de las pruebas por ellos promovidas, lo cual es acordado por este Tribunal, y se hace entrega en este acto de las mismas, estando ambas partes conformes.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Yurahi Gutiérrez Quintero.

Los Presentes,


MIREYA Y. ORTA C. JOSÉ R. ZAMBRANO D.