ASUNTO: FP02-V-2010-001493
RESOLUCION: Nº PJ82201000142


SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE

En horas hábiles del día de hoy 01/02/11, siendo las Nueve de la Mañana (09:00 Am) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: MAIRA SURIMA ROJAS y RICHARD RAFAEL GUEVARA HERRERA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-10.565.918 y 11.176.656 respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de la niña: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)., de diez (10) años de edad, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante. Se deja expresa constancia que al mismo compareció la parte demandada ciudadano: RICHARD RAFAEL GUEVARA HERRERA, a la presente audiencia, el cual se encuentra asistido por el ciudadano: RAFAEL JOSE PULIDO, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en INPREABOGADO Bajo el Nº 103.018, por lo cual, no habiendo comparecido la parte demandante, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE.

LA SECRETARIA DE SALA (Acc)
ABG. SUSSY DEL VALLE CUESTA GALVIS







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNALPRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
SEDE CIUDAD BOLIVAR

Ciudad Bolívar, 01 de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO: FP02-V-2010-001493
RESOLUCION: Nº PJ82201000142


SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE

En horas hábiles del día de hoy 01/02/11, siendo las Nueve de la Mañana (09:00 Am) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: MAIRA SURIMA ROJAS y RICHARD RAFAEL GUEVARA HERRERA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-10.565.918 y 11.176.656 respectivamente, en la causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de la niña: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)., de diez (10) años de edad, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandante. Se deja expresa constancia que al mismo compareció la parte demandada ciudadano: RICHARD RAFAEL GUEVARA HERRERA, a la presente audiencia, el cual se encuentra asistido por el ciudadano: RAFAEL JOSE PULIDO, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en INPREABOGADO Bajo el Nº 103.018, por lo cual, no habiendo comparecido la parte demandante, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE.

LA SECRETARIA DE SALA (Acc)
ABG. SUSSY DEL VALLE CUESTA GALVIS