ASUNTO: FP02-J-2010-000393
RESOLUCION: PJ0822011000172


ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DE LA DEMANDADA

En horas hábiles del día de hoy 14/02/11, siendo las Dos y Treinta (02:30 Pm) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: HARRYSON DE JESUS RONDON CONTINO y RAQUEL DE JESUS DIMAS ORTIZ, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-12.598.419 y 10.048.606, respectivamente, en la causa de DIVORCIO 185-A, el Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandada, compareciendo solamente el demandante debidamente asistido por la DRA. NOEMY DUARTE BLANCO IPSA Nro. 44.193, respectivamente, y visto que no compareció la parte demandada ciudadana: RAQUEL DE JESUS DIMAS ORTIZ, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente, y se ordena devolver los documentos originales. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ DE MEDIACION (1)

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO



EL DEMANDANTE Y SU ABOGADO ASISTENTE


LA SECRETARIA DE SALA

ABG. SUSSY CUESTA GALVIS



LEMR/Sussy