ASUNTO: FP02-V-2011-000177
RESOLUCION: PJ0822011000215

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE SUSTANCIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDANTE

En horas hábiles del día de hoy 28/02/11, siendo las Diez y Treinta (10:30 Am) de la mañana día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: YANNARELLA KATHERINE BELMONTE MUÑOZ y ASDRUBAL JOSE REQUENA CHAPIRE, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-19.078.263 y 17.657.006 respectivamente, en la causa de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de la niña: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)., de Tres (03) años de edad, el Tribunal deja constancia que no compareció ninguna de las partes. Se deja expresa constancia que al mismo no compareció la parte demandante ciudadana: YANNARELLA KATHERINE BELMONTE MUÑOZ, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 477, Segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Se deja constancia que solamente comparece al mismo el ciudadano: ASDRUBAL JOSE REQUENA CHAPIRE. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)

DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO


LA PARTE DEMANDADA.

LA SECRETARIA DE SALA (Acc)

ABG. SUSSY DEL VALLE CUESTA GALVIS.