ASUNTO: FP02-V-2010-001843
RESOLUCION: PJ0832011000457



AUDIENCIA EN FASE DE MEDIACION POR
FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA

En horas hábiles del día de hoy 14-10-2011, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), día y hora, acordadas, para que comparezcan los ciudadanos: Santiago Maestre Torres y Nohelis Saavedra Zerpa, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.222.872 17.047.888, respectivamente, a la fase de Mediación de la audiencia preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 470 de la LOPNNA, en la causa por FIJACION DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de sus hijos: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de seis y cuatro años de edad, el Tribunal debidamente constituido, ordenó la apertura de la sesión para la Mediación, y en consecuencia deja constancia de la comparecencia de ambas partes, antes identificadas, sin asistencia de abogado el actor y con asistencia de Defensor Público la demandada, en razón de lo cual el juez mediador informa al actor que esta audiencia es privada personal entre las partes y que puede verificarse con o sin la presencia de su abogado y si no tiene inconveniente en que este presente la defensora pública, la audiencia podrá continuar así. El actor manifestó que puede estar presente la defensora pública y el mediador así lo hace constar. En este estado el Juez concede el derecho de palabra al actor quien expuso: Desisto del presente procedimiento. El juez oida la manifestación que antecede por no ser contraria a derecho al orden público ni a las buenas costumbres administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Homologado el desistimiento propuesto por el actor ordenando proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y en tal virtud declara extinguida la instancia, con la advertencia a la parte actora que no podrá volver a proponer su demanda antes que transcurra un mes a contar de la fecha de la presente acta. Se da por CONCLUIDA LA FASE DE MEDIACION, de la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. La presente se levanta de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la LOPNNA.---------------------------------------------------------------------------------------------
El juez (2º) de Mediación.

Dr. Franklin Granadillo Paz. El actor

La demandada y La Defensora Pública.
El (la) Secretario (a).

Ab.-