REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 21 de febrero del 2011.
200º y 151º
Visto el desistimiento de fecha 16 de febrero del 2011, (folio 267), hecho por las abogadas YOLIMAR ROA CACERES y MARIA YOLIMEL ROA CACERES, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandante en el presente proceso. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento y de la acción hecho por la parte actora, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, ordena suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 17 de diciembre del 2010, según oficio Nº 804-2010, se da por terminado el proceso, y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL,

ABG. ANTONIO PEÑALOZA.